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Declaración Universal de los Derechos Humanos

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Artículo 20

julio 8, 2026julio 8, 2026 redaccion
  1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
    .
  2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
asociación democracia libertad partidos reunión sindicatos

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